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Reglamento.. |
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FEDERACION AEREA MADRILEÑA - Comision Tecnica de Paramotor..,. |
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FEDERACION AEREA MADRILEÑA |
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NORMATIVA PARAMOTOR
EDICION 2002 VIGOR: 1 MARZO 2002
INDICE NORMATIVA PARAMOTOR FAM
1- DISPOSICIONES GENERALES 1-1 Definición de vuelo en paramotor 1-2 Objetivo Normativa del Paramotor 1-3 Ámbito de Aplicación
2- ORGANIZACION ADMINISTRATIVA 2-1 Vocal de la FAM de paramotor 2-2 Área de Enseñanza, titulaciones, seguridad y campos de vuelo 2-3 Área de clubes, competición, breefings deportivos.
3- TITULACIONES FEDERATIVAS 3-1 Alumno de paramotor 3-2 Alumno con certificado paramotor 3-3 Titulo piloto paramotor 3-4 Habilitación para piloto biplaza 3-5 Exámenes al titulo piloto paramotor 3-6 Exámenes al titulo piloto biplaza paramotor 3-7 Reconocimiento ante Aviación Civil de titulaciones
4- TITULACIONES TECNICAS FEDERATIVAS 4-1 Titulo monitor paramotor 4-2 Titulo instructor paramotor 4-3 Titulo instructor biplaza paramotor 4-4 Titulo entrenador paramotor 4-5 Juez
5- ENSEÑANZA 5-1 Escuela de paramotor 5-1-1 Escuela reconocida 5-1-2 Requisitos 5-1-3 Memoria funcionamiento 5-1-4 Campo de vuelo paramotor 5-1-5 Seguridad 5-1-6 Material 5-1-7 Contrato alumno 5-1-8 Tipos de curso 5-1-9 Plan de estudios 5-1-10 Libro de vuelos, Certificado alumno 5-2 Campo de vuelo de paramotor 5-2-1 Requisitos y autorizaciones. 5-2-2 Seguridad del campo. 5-2-3 Exclusiones CTR, control de vuelo. 5-3 Curso de paramotor 5-3-1 Tipos de Cursos 5-3-1-1 Curso Iniciación 5-3-1-2 Curso Estándar 5-3-1-3 Curso Perfeccionamiento 5-3-1-4 Curso Competición 5-3-2 Requisitos 5-3-3 Plan de estudios requeridos (teóricas, practicas) 5-4 Libro de vuelos, certificado alumno escuela.
6- COMPETICION Y BREEFINGS DEPORTIVOS 6-1 Requisitos
7- NORMAS Y RECOMENDACIONES DE VUELO 7-1 Equipo parapente 7-1-1 Homologación 7-1-2 Mantenimiento parapente 7-2 Equipo motor 7-2-1 Certificado fabricante no combustión en vuelo 7-2-2 Nº serie equipo motor 7-3 Paracaídas de emergencia
8- MATRICULACION 8-1 Registro equipo motor y parapente 8-1-1 Formulario y requisitos 8-2 Matriculación del parapente para uso paramotor 8-2-1 Formato y registro
9- SANCIONES E INFRACCIONES 9-1 Leves 9-2 Graves
10- INCAPACIDADES Definición
11- SEGUROS 11-1 Seguro RC mínimo campo de vuelo paramotor 11-2 Seguro RC mínimo instructores paramotor 11-3 Seguro RC mínimo vuelos biplaza paramotor 11-4 Seguro federativo exclusivo paramotor 11-4 Seguro alumnos equivalente en compañía privada
12- NORMAS DE SEGURIDAD 12-1 Equipo 12-2 Accesorios
13- RECOMENDACIONES DE VUELO 13-1 Recomendaciones 13-2 Prohibiciones de vuelo
14- DISPOSICIONES FINALES 14-1 Entrada en vigor 14-2 Desarrollo
1- DISPOSICIONES GENERALES - El presente reglamento regula la práctica del paramotor en la Comunidad de Madrid - En la clasificación de aeronaves de la FAI el paramotor se encuadra en las aeronaves de Clase ULM Subclase 2.
1-1 Definición De Vuelo En Paramotor - El paramotor es la unión del parapente y un motor auxiliar, el parapente es un planeador sin estructura rígida primaria y el motor auxiliar se utiliza como sistema de propulsión incorporado en un chasis con silla, pudiendo despegar a pie desde el suelo o terreno llano en una trayectoria ascendente.
1-2 Objetivo Reglamento Paramotor - Este reglamento tiene como objetivo la regulación de la práctica deportiva del vuelo con paramotor.
1-3 Ambito De Aplicación - Su ámbito de aplicación es para la Comunidad de Madrid, para los federados suscritos en la FAM y escuelas de paramotor reconocidas FAM.
2 - ORGANIZACION ADMINISTRATIVA
2-1 Vocal Paramotor Fam - El vocal de paramotor FAM será la persona encargada que estudia y propone las reformas del reglamento de paramotor, representa a esta especialidad en la federación y regula las áreas 2-2 y 2-3 del reglamento de paramotor.
2-2 Area De Enseñanza, Titulaciones, Seguridad Y Campos De Vuelo - Define cada una de las titulaciones a expedir por FAM en la especialidad de paramotor. - Define los requisitos de formación exigibles para cada una de las titulaciones impartidas. - Estudia la siniestralidad en la práctica del paramotor y promueve las actuaciones que sirvan para incrementar los niveles de seguridad en la practica del paramotor, promueve las mejoras de condiciones del seguro de asistencia medica. - Establece los requisitos para el reconocimiento federativo de una zona de vuelo en paramotor. - Establece los requisitos para el reconocimiento federativo de una zona de escuela de vuelo en paramotor.
2-3 Area De Clubs, Competicion, Breefings Deportivos. - Propondrá a los clubes las actividades encaminadas a la difusión y mejora de la imagen del paramotor.
3- TITULACIONES DEPORTIVAS
3-1 Alumno de paramotor Es considerado Alumno, todo practicante de paramotor durante su periodo de formación hasta la obtención del Titulo de Alumno con certificado paramotor. Requisitos: Ser mayor de 18 años, o si se es menor consentimiento paterno escrito. Seguro de alumno FAM Facultades: - Volar en campo de vuelo reconocido para escuela, bajo la supervisión de los instructores y monitores de la escuela donde realice su formación. - Volar con parapentes de categoría INICIACION con homologación paramotor.
3-2 Alumno con certificado paramotor Es considerado Alumno con certificado, todo practicante que ha superado los cursos de: BASICO Y SEGUIMIENTO (alumnos desde 0) STANDAR (alumnos de parapente) Requisitos: - Ser mayor de 18 años, o si se es menor consentimiento paterno escrito - Haber superado los cursos de INICIACION Y SEGUIMIENTO, STANDAR en escuela reconocida FAM con un mínimo de 6 h de vuelo efectivas, realizadas en cada curso registradas en el libro de vuelos de paramotor - Estar en posesión de la licencia deportiva FAM en vigor Expedición: - La expedición del certificado junto con el libro de vuelos firmado y sellado será remitido por la escuela reconocida a la federación. Facultades: - El Alumno con certificado, esta facultado par el vuelo con paramotor en campos de vuelo reconocidos bajo la supervisión del Instructor o al menos otro piloto que posea el titulo piloto paramotor. - Volar con parapentes de categoría INICIACION y homologación paramotor.
3-3 Titulo piloto de paramotor Requisitos: - Estar en posesión del certificado de alumno de paramotor, cartilla de vuelos con 25 h. de vuelo acreditadas con firma de instructor paramotor. - Estar en posesión de la licencia federativa FAM en vigor. - Superar examen teórico y práctico, para la obtención del titulo. Expedición: - La solicitud del titulo de piloto de paramotor se realizara a la FAM una vez superados los requisitos por el director del curso. Facultades: - El titulo de piloto de paramotor faculta para: - Volar con parapentes con homologación INICICION, INTERMEDIA o ALTO RENDIMIENTO - Volar en campos reconocidos siempre que estos reúnan las condiciones adecuadas para el vuelo en paramotor. - La participación en competiciones de categoría A - Optar a las habilitaciones para piloto biplaza.
3-4 Habilitaciones al titulo piloto de paramotor - Habilitación piloto biplaza paramotor: Requisitos: - Titulo de piloto paramotor - Haber realizado curso practico-teórico en escuela reconocida paramotor - Superar examen FAM - Estar en posesión licencia federativa en vigor Expedición: - La solicitud del titulo de piloto biplaza de paramotor se realizara a la FAM una vez superados los requisitos por el director del curso. Facultades: - La habilitación del titulo piloto biplaza de paramotor faculta para vuelos en biplaza paramotor. - El vuelo con parapentes biplaza con homologación BIPLAZA. - Vuelos profesionales con seguro RC pasajeros.
3-5 Exámenes al titulo piloto paramotor Los exámenes para la obtención de título piloto de paramotor serán convocados por la vocalía paramotor de la FAM, y reunirán un mínimo de prácticas (ver aptdo 3-5-1) y clases teóricas con contenido de: - Legislación y normativa - Espacios aéreos - Técnica de vuelo avanzada - Meteorología aplicada al paramotor - Cartografía - Radiocomunicaciones
3-5-1 Pruebas practicas para exámenes al titulo piloto paramotor - Aptitudes de seguridad pasiva y activa - Despegue y aterrizaje - Habilidad y manejabilidad - Cartografía y navegación
3-6 Exámenes al titulo piloto biplaza paramotor Los exámenes para la obtención de titulo biplaza paramotor serán convocados por la vocalía de paramotor FAM y reunirán un mínimo de pruebas prácticas (ver aptdo. 3-6-1) y clases teóricas con contenido de: - Legislación y normativa - Espacios aéreos - Seguros - Pedagogía deportiva aplicada al vuelo con paramotor
3-7 Reconocimiento de titulaciones en Aviación Civil Se pasaran las actas de las nuevas titulaciones a Aviación Civil. (apartado por desarrollar)
4-1 Titulo monitor de paramotor El monitor de paramotor realiza funciones de iniciación y enseñanza elemental en una escuela de Paramotor reconocida, bajo la presencia y supervisión del instructor titulado en paramotor responsable de la escuela. Requisitos: - Tener 18 años cumplidos - Estar en posesión del titulo de piloto de paramotor - Licencia federativa FAM en vigor del año en curso - 2 años seguidos de licencia FAM anteriores - Estar en posesión de seguro de RC - Superar examen practico-teórico Expedición: - Para la expedición del título, tendrá acreditados mediante certificado de escuela, con firma del director-monitor mínimo 50 alumnos.
4-2 Titulo de instructor de paramotor El instructor es responsable de la formación de alumnos, en una escuela de paramotor reconocida. Requisitos: - Estar en posesión del titulo de monitor de paramotor - Haber realizado practicas como monitor, participando en la enseñanza de al menos 50 alumnos, dichas practicas deberán ser certificadas por el director de la escuela. - Superar examen teórico-practico, cuyo estudio totalizara un mínimo de 50 horas lectivas. - Licencia federativa FAM en vigor del año en curso - 3 años seguidos de licencia FAM anteriores - Estar en posesión de seguro de RC Expedición: - Para la expedición del titulo deberá acompañar los requisitos anteriores para su tramitación. Facultades: - Dirigir y enseñar el vuelo en paramotor en escuela reconocida FAM. - Solicitar la documentación de alumno avanzado. - certificar vuelos a alumnos y pilotos en su libro de vuelos. - Certificar las horas de práctica de los monitores en practica en su escuela. Obligaciones: - Cumplir y vigilar por el cumplimiento del presente reglamento. - Comunicar a los responsables de la Comisión paramotor FAM las incidencias o accidentes producidos en su escuela.
4-3 Titulo instructor biplaza paramotor Requisitos: - Estar en posesión del titulo en vigor de piloto paramotor biplaza. - Estar en posesión del titulo de instructor paramotor. - Estar en posesión de seguro de RC para pasajeros. - Realizar un curso teórico-practico por FAM (aptdo. anexo 4-3-1) para la obtención del titulo de instructor paramotor biplaza. - Asistir a los cursos de reciclaje que la FAM convoque. - Licencia FAM en vigor del año en curso - 3 años seguidos de licencia FAM anteriores 4-3-1 Anexo: - El curso teórico para la obtención del titulo instructor biplaza paramotor, constará de al menos de 25 horas lectivas con los contenidos siguientes : - Normativa y legislación. - Pedagogía. - Materiales. - Técnica desarrollada del biplaza en paramotor. - Primeros auxilios. - Radiocomunicaciones. - Seguridades. - El curso práctico constara de las practicas siguientes: - Despegue y aterrizaje. - Seguridades con el pasajero. - Practica de manejabilidad en vuelo. Expedición: - Para la expedición del titulo deberá acompañar los requisitos anteriores para su tramitación Facultades: - La habilitación de instructor de biplaza paramotor faculta a su poseedor, a impartir la enseñanza destinada (anexo 4-3-1) a la obtención del titulo de piloto paramotor biplaza.
4-4 Titulo entrenador de paramotor Requisitos: - Estar en posesión del titulo de instructor de paramotor - Haber participado al menos en 5 competiciones nacionales y 3 internacionales - Realizar y aprobar el curso correspondiente de entrenador convocado por la FAM. (anexo 4-4-1) - Licencia FAM en vigor del año en curso - 3 años seguidos de licencia FAM anteriores Anexo: Apartado por desarrollar. Expedición: - Para la expedición del titulo deberá acompañar los requisitos anteriores para su tramitación Facultades: - Entrenamiento de alto nivel y dirección de equipos de competición y deportistas.
5-5 Juez de paramotor Apartado por desarrollar.
5- ENSEÑANZA
5-1 Escuela de paramotor Definición: La escuela de vuelo en paramotor, son los centros de aprendizaje y perfeccionamiento del vuelo en paramotor. La formación corre a cargo de monitores parapente e instructores de paramotor, mediante la realización de un enseñanza reglada que constituye el curso de vuelo en paramotor.
5-1-1 Escuela reconocida Será requisito imprescindible la calificación de Escuela Reconocida de paramotor, para la tramitación de los títulos y cualquier otra documentación relativa a sus alumnos. Serán escuelas reconocidas por FAM como escuelas federativas las que cumplan con los siguientes requisitos:
5-1-2 Requisitos - Memoria de funcionamiento de la escuela paramotor - Campo de vuelo paramotor - Plan de evacuación en caso de accidente en la zona de escuela, seguridad. - Medios materiales y humanos con que cuenta - Modelo de contrato suscrito con los alumnos - Plan de estudios
5-1-3 Memoria de funcionamiento Se efectuara una memoria de exposición de funcionamiento con todos los requisitos.
5-1-4 Campo de vuelo de paramotor El campo de vuelo de paramotor será donde se ejecuten los cursos, entrenamientos y actos deportivos siempre y cuando reúnan condiciones de seguridad, tendrá una superficie mínima de 100x100 mts. de despegue y aterrizaje, despejado de obstáculos , árboles y cables próximos. La escuela o club de paramotor que utilice “campo de paramotor” para sus practicas contará: - Con el permiso escrito o aceptación no contraria del Ayuntamiento, donde este ubicado el “campo de paramotor” dentro de su termino municipal. - Permiso escrito o contrato arrendamiento del propietario del terreno. - Permiso favorable de Medio Ambiente de la actividad. El campo de vuelo de paramotor estará ubicado fuera de las CTR aeropuertos de Madrid, no se reconocerá si esta dentro, para otros espacios restringidos se regulara según normas de ULM. Un “campo de vuelo” de paramotor podrá estar integrado dentro de un aeródromo siempre, que tenga permiso escrito del jefe de campo del aeródromo y cuente con un área especifica paramotor. Una zona de escuela solo podrá ser utilizada por un número máximo de alumnos determinado por su extensión, a partir del cual se pondrían en peligro las condiciones de seguridad de los alumnos y la calidad de enseñanza. Fotocopia del plano 1:50.000 con la ubicación del “campo de paramotor”. Fotocopia del catastro donde se ubique la finca destinada a la actividad Para el reconocimiento por parte de esta Federación de un campo de vuelo paramotor, se entregara la documentación siguiente: - Permiso escrito o contrato arrendamiento de la finca donde se instale el campo de vuelo con paramotor. - Fotocopia plano 1:50.000 con la ubicación del campo de vuelo con paramotor - Permiso escrito del Ayuntamiento o aceptación no contraria del Ayuntamiento donde se ubique el campo de paramotor. - Fotocopia plano de catastro donde se ubique el campo de paramotor. - Permiso favorable de la Agencia de Medio Ambiente de la CAM
5-1-5 Seguridad El campo de paramotor y la escuela reconocida paramotor contara con medios mínimos para la evacuación de un accidentado, como, botiquín primeros auxilios, y números de teléfono de los servicios de rescate más próximos así como números de frecuencia alternativos, expuestos en un cartel en el campo de vuelo o aeródromo. Tener próximo un servicio medico de primeras urgencias.
5-1-6 Medios materiales y humanos Medios materiales mínimos: - Manga de viento de 1m. - Megáfono y 2 palas para señales - Anemómetro de viento - 4 cascos con intercomunicadores de radio - 4 emisoras de radio - 3 sillas con protección dorsal primeros contactos - 3 parapentes con homologación paramotor y de iniciación - 3 paramotores en perfecto estado funcionamiento - 3 paracaídas de emergencia - 1 parapente biplaza homologado paramotor (bandas y cordinos) - Numero de frecuencia y permiso de radioaficionado Medios humanos mínimos: - 1 instructor de paramotor con titilación federativa - 2 monitores de parapente-paramotor, con habilitación biplaza Parapente
5-1-7 Modelo de contrato suscrito con los alumnos La escuela reconocida de paramotor, tendrá un modelo de contrato para sus diferentes cursos, y que debe ser suscrito por los alumnos. En dicho contrato se recogerán el plan de formación así como las cláusulas de seguridad a seguir.
5-1-8 Plan de estudios La escuela reconocida de paramotor, emitirá a esta federación la memoria con un plan de estudios para sus diferentes cursos que ofrezca.
5-1-9 Plan de estudios para los diferentes cursos paramotor La escuela de paramotor reconocida FAM, deberá desarrollar un plan de estudios para cada determinado curso, de teóricas y practicas.
Curso Básico + Seguimiento Teóricas: - Fundamentos básicos aerodinámicos - Fundamentos básicos material (parapente, motor) - Meteorología - Espacios Aéreos - Técnica de vuelo (navegación, manejabilidad, habilidad) Practicas: - Practicas básicas parapente - Seguridades pasivas y activas - 6 h. de vuelo efectivas en paramotor
Curso Estándar Teóricas: - Meteorología - Espacios Aéreos - Técnica de vuelo (navegación, manejabilidad, habilidad) Practicas: - Practicas básicas parapente - Seguridades pasivas y activas - 6 h. de vuelo efectivas en paramotor
Cursos de perfeccionamiento Para los diferentes cursos de perfeccionamiento recaerá en la escuela la responsabilidad de tener un mínimo de horas de vuelo con paramotor (6 h. certificadas) para optar a los exámenes de piloto de paramotor.
5-1-8 Tipos de curso de paramotor Iniciación: - Los alumnos parten desde 0 sin ningún tipo de conocimiento y consta de 2 partes diferenciadas Básica y Seguimiento Requisitos: Aptdo. 3-1 Estándar: - Los alumnos han realizado un curso básico de parapente en escuela reconocida FAM Requisitos: Aptdo. 3-1 y 3-2 Perfeccionamiento: - Los alumnos han realizado, un curso básico, seguimiento y perfeccionamiento de parapente, y tienen un buen nivel de pilotaje en parapente o paramotor Requisitos: Aptdo. 3-1 y 3-2 Curso de entrenamientos a la competición - los alumnos tienen un alto nivel de pilotaje en paramotor y han realizado como mínimo Aptado. 3-2
5-1-9 Plan de estudios para los diferentes cursos La escuela de paramotor reconocida FAM, deberá desarrollar un plan de estudios para cada determinado curso, de teóricas y practicas.
Curso Iniciación : Básico + Seguimiento Teóricas: - Fundamentos básicos aerodinámicos - Fundamentos básicos material (parapente, motor) - Meteorología - Espacios Aéreos - Técnica de vuelo (navegación, manejabilidad, habilidad) Practicas: - Practicas básicas parapente - Seguridades pasivas y activas - 6 h. de vuelo efectivas en paramotor
Curso Estándar Teóricas: - Meteorología - Espacios Aéreos - Técnica de vuelo (navegación, manejabilidad, habilidad) Practicas: - Practicas básicas parapente - Seguridades pasivas y activas - 6 h. de vuelo efectivas en paramotor
Curso de perfeccionamiento Para los diferentes cursos de perfeccionamiento recaerá en la escuela la responsabilidad de tener un mínimo de horas de vuelo con paramotor (6 h. certificadas) para optar a los exámenes de piloto de paramotor.
Curso de entrenamiento a la competición Para este tipo de curso no es necesaria memoria del curso, dejando en responsabilidad de la escuela su programa contratado con el alumno, debido a la complejidad de estos entrenamientos.
5-1-10 Libros de vuelos y certificado alumno paramotor 1-Existirá un libro de vuelos emitido por la FAM especifico de paramotor, donde los alumnos registraran los inicios y sus horas de vuelo , sellados y firmados por el director de escuela paramotor. 2- A la finalización del curso básico + seguimiento o Estándar, la escuela de paramotor emitirá un certificado de final de curso. El libro de vuelos junto el certificado será documentación imprescindible para la presentación a los cursos-exámenes de piloto de paramotor.
6- COMPETICION Y BREEFINGS DEPORTIVOS Aptdo. por desarrollar
7- NORMAS Y RECOMENDACIONES DE EQUIPO DE VUELO
7-1 Equipo de parapente Homologación: 7-1-1-La FAM reconoce las homologaciones de parapente y paracaídas de emergencia, DHV (alemana), SHV (suiza), AFNOR (francesa) 7-1-2-Para los parapentes destinados a la enseñanza en paramotor deben cumplir la homologación paramotor (bandas y líneas de suspensión reforzadas) 7-1-3- Para el vuelo de particulares es recomendable que cumplan la homologación paramotor. Mantenimiento parapente: La constante tracción ejercida en el parapente en los vuelos con paramotor, crea un desgaste continuo en líneas, bandas y anclajes en el extradós del parapente. 7-1-4- Será obligación del usuario, 1 vez al año de pasar un test de anclajes y carga de líneas de suspensión en taller recomendado por FAM. Los parámetros de este test de carga serán desarrollados por un experto en la materia, quien adjuntara una ficha técnica a esta federación.
7-2 Equipo motor 7-2-1-Certificado fabricante de no combustión en vuelo Desde esta federación se realizara un dossier de los diferentes paramotores nacionales e internacionales. Los diferentes fabricantes deberán adjuntar a esta federación un certificado donde certifiquen la no combustión en vuelo, de sus diferentes modelos de motores, eximiendo responsabilidades a escuelas y particulares por defecto de fabricación, a efectos de seguro RC. La manipulación particular por usuarios de los depósitos y macarrones de gasolina, no recaerá en responsabilidad ante el certificado fabricante de no combustión en vuelo. 7-2-2-Numero serie equipo motor Los equipos motores tendrán marcado el número de serie, para el mejor seguimiento de siniestros. 7-2-3 PARACAIDAS DE EMERGENCIA - Homologación: - Los paracaídas de emergencia para el uso de paramotor estarán homologados por la entidades (ver aptdo. 7-1-1). - Obligaciones: - Será obligatorio para el vuelo con paramotor llevar paracaídas de emergencia, debidamente adaptado al chasis o silla del paramotor. - Recomendaciones: - Se recomienda al menos cada 6 meses la revisión del paracaídas de emergencia por especialista homologado. - Se recomienda tener un paracaídas de emergencia, que soporte el peso de piloto + paramotor. - Se recomienda el uso de maillones rápidos (por su alta resistencia) homologados, para las cintas de carga del paracaídas de emergencias.
8- MATRICULACION 8-1- REGISTRO EQUIPO MOTOR Y PARAPENTE -Los parapentes y equipos motor destinados al vuelo con paramotor tendrán la obligación de registrarse en la FAM, por si las entidades Aéreas Nacionales (Aena, Aviación Civil) lo requirieran. - El ámbito de esta norma será para los pilotos de paramotor adscritos a los clubs aéreos de la Comunidad de Madrid y para los equipos de escuelas paramotor reconocidas FAM. - Se pueden registrar cuantos parapentes y equipos motor se requieran. Destinatarios: - Equipos paramotor de escuela - Equipos paramotor de alumnos con certificado (provisional) - Equipos paramotor de pilotos paramotor con titulo (definitivo) 8-1-1 FORMULARIO -Existirá formulario en esta federación de registro de equipo motor y parapente, para los usuarios del vuelo con paramotor (se adjunta provisionalmente formulario francés hasta su realización definitiva)
8-1-2 MATRICULACION DEL PARAPENTE PARA USO PARAMOTOR Formato: - Al efectuar el registro con el formulario, se adjuntara una pequeña matricula con 1ª letra M (Madrid) y 1 numero (01,02,03 y así sucesivamente) de tamaño de 30 alto x el ancho necesario. La matricula será en vinilo negro y se pegara en el intradós del parapente, sin un lugar definido pero visible. - El registro tendrá una cuota de pago de coste vinilo y administración. ( a fecha de 20-2-02) 9 Eur.
9- INFRACCIONES Y SANCIONES 9-1- LEVES 9-2- GRAVES (Aptds. por desarrollar)
10- INCAPACIDADES Definición: Este apartado pretende ser un punto de inicio para las personas que tienen una minusvalía física, y que quieren volar en paramotor, hoy en día los medios técnicos se desarrollan vertiginosamente para la inclusión de estas personas a los deportes aéreos, siempre y cuando los factores riesgos no sean mayores que los de otro deportista.
11- SEGUROS 11-1- Seguro RC campo de vuelo ( Recomendado) El campo de vuelo estar cubierto con un RC mínimo 11-2- Seguro RC instructores y monitores de paramotor (Obligatorio) Los instructores y monitores de una escuela paramotor tendrán la obligación de tener un RC mínimo para la enseñanza. 11-3- Seguro RC vuelos biplaza en paramotor (Obligatorio) Los pilotos de biplaza paramotor tendrán un seguro RC para los vuelos biplazas en paramotor 11-4-Seguro federativo exclusivo paramotor (Obligatorio) Aptdo. por desarrollar. 11-5-Seguro alumnos o equivalente compañía privada (Obligatorio) Aptdo. por desarrollar
12- NORMAS DE SEGURIDAD 12-1 EQUIPO 12-1-1 De uso obligatorio: - Paracaídas de emergencia homologado - Casco 12-1-2 De uso recomendado: - Emisora de 2 m - Teléfono móvil - Botas con protección para los tobillos - Vestimenta y equipamiento adecuado: mono de vuelo y guantes 12-1-3 ACCESORIOS De uso recomendado para vuelos de navegación o de montaña: - Mapas de la zona a volar - Bengala de emergencia - Brújula - Agua y alimentos - Alti-Vario - Baterías de repuesto - emisora 2 m.
13- RECOMENDACIONES DE VUELO 13-1 RECOMENDACIONES - Volar en aeródromos bajo el permiso del jefe de campo. - Sobrevolar cualquier obstáculo (líneas eléctricas, casas, pueblos, árboles...) a una altura mínima de 100m. - No volar solo. En caso de partir a volar solo, advertir previamente del vuelo al club o escuela de la zona. - No despegar si el viento supera el 75% de la velocidad máxima del parapente. - No volar fuera de los límites de carga alar recomendados por el fabricante. - No volar con aerología turbulenta. - No despegar viento en cola. - No sobrevolar zonas de escuela a menos de 50 mts. si hay otras velas despegadas o en fase de despegue. 13-2 PROHIBICIONES DE VUELO - Dentro de aéreas de seguridad de aeropuertos, pasillos aéreos y zonas restringidas y prohibidas de vuelo. - De noche. - Si la zona de aterrizaje esta cubierta de niebla. - En el interior de nubes desarrolladas. (congestus, nimbus). - Sobrevolar aglomeraciones de personas. - Sobrevolar parques naturales, nacionales o áreas de protección de aves. - El vuelo en biplaza con parapentes que no posean la homologación debida o por
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